El velo no es una moda ni un complemento

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El OLRC exhorta al Consejo Escolar del Instituto Camilo José Cela de Pozuelo de Alarcón, en Madrid, a que establezca una excepción en su Reglamento interno para que Najwa Malha pueda acudir a sus clases con el velo. Reglamento interno además que por las declaraciones difundidas por el propio Instituto no va dirigido contra los símbolos religiosos, sino contra capuchas y gorras vestidas por caprichos o modas por los alumnos. Es de perogrullo reconocer la diferencia fundamental entre un caso y otro por lo que no hacerlo sería propio de una sociedad ignorante y retrasada en el reconocimiento de los derechos de sus ciudadanos.

El OLRC recuerda que el Corán recoge esta situación, que algunos creyentes musulmanes asumen como algo obligatorio en su religión, aunque su interpretación no sea uniforme. Sin embargo, no corresponde al Estado, ni a su red de colegios públicos realizar interpretaciones de los textos que son sagrados para las diferentes religiones. En este caso cubrirse el cabello con el velo es claramente una acción motivada por las creencias religiosas de la estudiante del Instituto de Pozuelo.

Dicho esto, el OLRC quiere recordar que el único límite a la libertad religiosa se da en razones de orden público, tal como recoge el artículo 16.1 de la Constitución Española. Llevar un velo no puede considerarse un atentado al orden público y, si así fuera, debería ser un asunto bajo la responsabilidad del Ministerio del Interior y no bajo la responsabilidad de las autoridades educativas.

Por otra parte, el argumento de que el velo es un signo de discriminación de la mujer cae por su propio peso por dos motivos: el primero porque las mujeres musulmanas deciden libremente portar el velo, sin imposiciones de su entorno, que sí serían contrarias al orden público. Por otra parte, si fuera un elemento de discriminación debería prohibirse su uso no sólo en la escuela sino en cualquier otro lugar y situación, algo que, obviamente, sería un sinsentido de llevarse a cabo.

En consecuencia el OLRC exige el respeto a la libertad religiosa de Najwa Malha y su derecho a la educación, que debe prevalecer en este caso sobre la norma del instituto tal como ha declarado públicamente el Ministro de Educación, Ángel Gabilondo.


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