La semana que viene, en vísperas de Semana Santa, quedará aprobada en España una medida sin precedentes en nuestra historia reciente. Con el pretexto de impedir el supuesto “acoso” a las mujeres que acuden a un abortorio, se prohibirá a los ciudadanos rezar pacíficamente en las proximidades de estos centros y quien se atreva a hacerlo podrá ser castigado con pena de prisión de tres meses a un año.
Para analizar esta gravísima medida y conocer su alcance, hemos organizado una sesión online y gratuíta con el título ‘Prohibido rezar en la calle’. Contaremos con dos invitados de excepción: Fernando Simón Yarza, profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Navarra y José, un joven representante de la iniciativa ‘Rezar no es delito’.
Será el próximo martes 5 de abril a las 19:30 h.y la podrás seguir en directo desde tu casa. Inscríbete para asistir a la sesión online ‘Prohibido rezar en la calle’ en este enlace.:
https://www.eventbrite.com/e/entradas-prohibido-rezar-en-la-calle-310548277257
Desde que el aborto es legal en España, son muchos los creyentes -de varias confesiones- que se sitúan en las inmediaciones de los abortorios para rezar pacíficamente, en pequeños grupos. Aunque la iniciativa del PSOE para reformar el Código Penal todavía no se ha aprobado, muchas personas han sido insultadas y amenazadas por el sólo hecho de rezar a unos metros de los centros de aborto.
Es gravísimo. Prohibir rezar en una vía pública, con cualquier pretexto, es absolutamente inaceptable en una sociedad democrática y libre, en un estado de derecho. Es un precedente peligrosísimo que nos pone a todos en el punto de mira.
Por eso este martes 5 de abril moderaré una sesión online gratuíta y exclusiva para ti y para todos los seguidores del Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia. Abordaremos el tema ‘Prohibido rezar en la calle’. Apúntate aquí para participar.
Como presidenta del Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia tengo la responsabilidad de informar y denunciar los ataques que sufren los creyentes por el sólo hecho de serlo y manifestarse como tales, en público o en privado. Por eso hemos organizado este encuentro virtual.
¡Cuento contigo el próximo martes!
Gracias por defender tu derecho a tener fe y a expresarte.
1 comentario
No es cierto eso no dice, dice esto:
“para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días”.