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Gobierno y libertad religiosa

31 marzo, 2020
Gobierno y libertad religiosa
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Llevamos ya casi dos semanas confinados por el coronavirus y la situación, lamentablemente, no mejora. Nos queda esperar y, para los que somos creyentes, rezar. Y desde luego, no dejar de estar informados de lo que pasa. Y no sólo por los medios de comunicación sino por todos los medios a nuestro alcance, buscando siempre el rigor y la veracidad.

Desde el Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia (OLRC) nos hemos propuesto compartir contigo información y análisis que no vas a encontrar en ningún otro sitio. Y es que, mientras estamos paralizados por la pandemia, la agenda del Gobierno se podrá aplazar a causa de la crisis, pero a día de hoy no se ha anulado. Por eso estamos vigilantes.

Como recordarás, el actual Ejecutivo es resultado de un pacto entre el Partido Socialista Obrero Español y Unidas-Podemos. Te recordamos lo que decía ese pacto en cuestiones que afectan o podrían afectar a la Libertad Religiosa y de Conciencia.

2.- DERECHOS SOCIALES, REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA, CIENCIA E INNOVACIÓN

2.1.7.- La asignatura de religión será de carácter voluntario para los estudiantes, sin que haya una asignatura alternativa ni la nota sea computable a efectos académicos.

5.- NUEVOS DERECHOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

5.1.- Derecho a muerte digna y regulación de la eutanasia. Daremos una respuesta jurídica, sistemática, equilibrada y garantista a las demandas sostenidas de la sociedad actual en relación con el final de la vida. Para ello, impulsaremos una Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida, así como la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia, y su inclusión en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

5.5.- Aprobaremos una Ley sobre Libertad de Conciencia que garantice la laicidad del Estado y su neutralidad frente a todas las confesiones religiosas.

¿Cómo puede esta hoja de ruta afectar a la Libertad Religiosa y de Conciencia? Pues ya tenemos algunas pistas.

Por ejemplo, en educación ya se está tramitando el Proyecto de Ley Orgánica que modifica la vigente LOMCE (Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa). Y ya anunció la ministra Celaá que “el tratamiento de la asignatura de Religión está en el texto desde febrero de 2019 y es el mismo; es de oferta obligada para los centros y asunción voluntaria para los alumnos. Sin asignatura espejo porque la voluntad de unos no puede obligar a otros”.

En definitiva, con la reforma educativa de Isabel Celaá la materia escolar de Religión queda en nada. A diferencia de lo que sucede con la LOMCE, el alumno que curse religión en el colegio o en el instituto será un héroe porque sus compañeros podrán irse a casa o a divertirse o a hacer deporte mientras ellos cursan la asignatura.

La Proposición del Ley orgánica que regula la eutanasia, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y actualmente en trámite de enmiendas en comisión parlamentaria, incluye la posibilidad de que los profesionales sanitarios ejerzan la objeción de conciencia “en la prestación de ayuda para morir tendrán el derecho de ejercer su objeción de conciencia sanitaria” pero lo deberá notificar anticipadamente por escrito y pasará a formar parte de un ‘Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia’. Las ‘listas negras’ de objetores implican un serio peligro para el administrativo, auxiliar, celador, enfermero o médico que se declare objetor de conciencia.

Además, el derecho a objetar en conciencia es individual, dado que se establece que la prestación de la ayuda para morir se realizará en centros sanitarios públicos, privados, o concertados, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia sanitaria o por el lugar donde se realiza”. Es decir, que los centros sanitarios que tengan un determinado ideario estarán obligados a aplicar la eutanasia a los ancianos o pacientes independientemente de los valores o titularidad del establecimiento.

Por último, comentarte que el Grupo Parlamentario de Podemos ha presentado una proposición de ley que modifica el Código Penal y, entre otras modificaciones, eliminaría el delito contra los sentimientos religiosos o de escarnio público, reflejado en el artículo 525 del Código Penal. Esto es concretamente lo que decía el artículo que pretenden suprimir:

1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

Esto es lo que te puedo contar por hoy en lo que se refiere a los planes previstos por el Gobierno. Ciertamente, hay otros actores que inciden en la Libertad Religiosa y de Conciencia con sus proyectos o con sus actuaciones. De todos ellos estaremos muy pendientes para informarte y, por supuesto, reaccionar adecuadamente.


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#coronavirus#Covid-19#cuarentena#gobierno#libertadreligiosa#proposición de ley
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